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Expertos en el Registro de Cosméticos ante la Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS)

¿Desea importar, fabricar o comercializar productos cosméticos en El Salvador?

Antes de poner un producto en el mercado, es indispensable cumplir con la normativa sanitaria vigente y obtener el Registro Sanitario correspondiente.

En Farmaregistro S.A. de C.V. brindamos asesoría especializada para empresas nacionales e internacionales, encargándonos de todo el proceso para que usted pueda comercializar sus productos de forma legal, rápida y segura.

Más de treinta años asesorando empresas en trámites regulatorios nos permite reducir errores, evitar observaciones y agilizar la aprobación de su expediente.

¿Qué productos cosméticos requieren Registro Sanitario?

Gestionamos el registro de una amplia variedad de productos, entre ellos:

  • Cremas faciales y corporales
  • Maquillaje
  • Perfumes
  • Champús
  • Acondicionadores
  • Tintes para cabello
  • Gel para cabello
  • Protectores solares
  • Jabones
  • Exfoliantes
  • Aceites corporales
  • Lociones
  • Desodorantes
  • Productos para uñas
  • Productos para barba
  • Productos infantiles
  • Cosméticos profesionales para salones de belleza

Si su producto entra en contacto con la piel, el cabello, los labios, las uñas o los dientes con fines cosméticos, probablemente requiera Registro Sanitario para su comercialización en El Salvador.

¿Quién necesita este trámite?

Nuestros servicios están dirigidos a:

  • Empresas importadoras
  • Distribuidores
  • Fabricantes nacionales
  • Laboratorios
  • Marcas internacionales
  • Emprendedores que desean lanzar una nueva línea cosmética

Nuestro servicio incluye

  • Evaluación previa de la documentación.
  • Revisión técnica de requisitos.
  • Asesoría sobre cumplimiento regulatorio.
  • Elaboración y revisión del expediente.
  • Presentación del trámite.
  • Seguimiento de observaciones.
  • Acompañamiento hasta la obtención del Registro Sanitario.

Requisitos para registrar un producto cosmético en El Salvador

Los requisitos pueden variar según el país de fabricación y el tipo de producto, pero generalmente incluyen:

  • Formulario de solicitud debidamente completado.
  • Certificado de Libre Venta o Registro Sanitario emitido por la autoridad competente cuando corresponda.
  • Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) o documento que acredite la autorización de fabricación.
  • Fórmula cualitativa del producto utilizando nomenclatura INCI, firmada y sellada por el profesional responsable.
  • Especificaciones técnicas del producto terminado.
  • Etiquetas o proyectos de etiquetado que cumplan con la normativa vigente.

Nuestro equipo revisa toda la documentación antes de la presentación del expediente para disminuir observaciones y agilizar el proceso de aprobación.

¿Cómo es el proceso de Registro Sanitario?

1. Revisión inicial de documentos

Analizamos toda la documentación para verificar que cumple con los requisitos exigidos por la Superintendencia de Regulación Sanitaria.

2. Pago de derechos

Se genera el mandamiento de pago correspondiente y se realiza el pago del trámite.

3. Presentación del expediente

Se prepara el expediente completo y se presenta a través de la plataforma electrónica de la Superintendencia.

4. Evaluación técnica

La autoridad sanitaria revisa la información presentada.

En esta etapa el expediente puede ser:

  • Aprobado.
  • Observado.
  • Desfavorable.

Si existen observaciones, nuestro equipo prepara la respuesta técnica correspondiente.

5. Emisión del Registro Sanitario

Una vez aprobado el expediente, se presenta la documentación física requerida y se emite el Registro Sanitario para el producto cosmético.

¿Por qué elegir Farmaregistro?

Porque conocemos el proceso.

Sabemos cómo preparar correctamente un expediente, qué documentos suelen generar observaciones y cómo responder los requerimientos técnicos de la autoridad sanitaria.

Nuestro objetivo es reducir tiempos, minimizar errores y facilitar todo el proceso para nuestros clientes.

Trabajamos con empresas nacionales e internacionales que desean introducir productos cosméticos al mercado salvadoreño de manera segura y conforme a la normativa vigente.

Preguntas Frecuentes para Registrar productos Cosmeticos

¿Puedo importar cosméticos sin Registro Sanitario?

No. Los productos cosméticos destinados a su comercialización en El Salvador deben contar con el Registro Sanitario correspondiente, de conformidad con la legislación vigente.

¿Los productos importados también necesitan Registro Sanitario?

Sí. Tanto los productos fabricados en El Salvador como los importados deben cumplir con los requisitos establecidos por la Superintendencia de Regulación Sanitaria.

¿Qué sucede si mi expediente recibe observaciones?

La autoridad sanitaria notificará las observaciones para que puedan ser corregidas dentro del plazo establecido. Nuestro equipo le asesora durante todo este proceso.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite?

El plazo dependerá de que el expediente esté completo y no presente observaciones. Una correcta preparación de la documentación ayuda a reducir retrasos.

¿Atienden empresas fuera de El Salvador?

Sí. Asesoramos a fabricantes, distribuidores e importadores de cualquier país que deseen registrar productos cosméticos para comercializarlos en El Salvador.

Solicite una Asesoría

Si desea registrar productos cosméticos en El Salvador, nuestro equipo puede acompañarle desde la revisión inicial de los documentos hasta la obtención del Registro Sanitario.

Contáctenos hoy mismo y reciba asesoría especializada para realizar su trámite con mayor seguridad, rapidez y cumplimiento regulatorio.
i.dealarcon@farmaregistro.com